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5.2.1 Los derechos de autor

Los derechos de autor

Derecho de autor se define como el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Entre los principales aspectos éticos, sociales y políticos propiciados por los sistemas de información se encuentran las siguientes dimensiones morales:

  • Derechos y obligaciones de información.
  • Derechos de propiedad.
  • Responsabilidad y control.
  • Calidad del sistema.
  • Calidad de vida.

El titular de los derechos de autor goza de:

  • Reproducir la obra en copias o fonogramas.
  • Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
  • Presentar y mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
  • En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audio digital.
  • El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.

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